Ofrecimiento de bienes a título gratuito.
El director general del Instituto Nacional para Ciegos –INCI, Doctor Carlos Parra Dussan en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el decreto 1006 del 1 de abril de 2004 y considerando que el Gobierno Nacional expidió el Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015, en su Artículo 2.2.1.2.2.4.3. Enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Estatales. Establece que “Las Entidades Estatales deben hacer un inventario de los bienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades Estatales a través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web…”; pone a disposición el inventario de los bienes muebles dados de baja y que son ofrecidos a título gratuito a las entidades estatales de cualquier orden.
En consecuencia, las entidades públicas que estén interesadas deberán presentar su solicitud de interés de adquisición de los bienes muebles que son objeto de enajenación a título gratuito en forma escrita, enviando un oficio firmado por el Representante legal de la entidad, adjuntando fotocopia de cédula de ciudadanía del representante legal y documento que acredita la representación legal. presentando solicitud de adjudicación de los bienes seleccionados descritos tal y como aparecen en la presente Resolución.
Las solicitudes serán seleccionadas en orden de radicación a través de la Oficina de Gestión Documental del INCI en la Carrera 13 No. 34-91 en Bogotá o al correo electrónico financiera@inci.gov.co,
A continuación, se anexa la resolución 20221000001973 del 29 de julio de 2022 y la resolución 20221000002063 del 3 de agosto de 2022, por las cuales se ofrece a título gratuito los bienes del Instituto Nacional para Ciegos –INCI dados de baja. Listado donde se relaciona el estado actual de los muebles.