Respetados Ciudadanos:
El Instituto Nacional para Ciegos - INCI, es una entidad de Orden Nacional adscrita al Ministerio de Igualdad y Equidad, cuya misión es “Organizar, planear y ejecutar las políticas orientadas a fortalecer las condiciones de atención para las personas con discapacidad visual y la participación para hacer efectivo el ejercicio de sus derechos”.
De conformidad con lo anterior, damos a conocer sus derechos como ciudadano:
- Ser tratado con el respeto y la consideración debida a la dignidad humana.
- Recibir atención especial y preferente si se trata de personas con discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes o adultos mayores, y en general; de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política de Colombia.
- Presentar PQRSD - Peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias en cualquiera de sus modalidades: verbalmente, por escrito, electrónico o por cualquier otro medio dispuesto por la entidad y sin necesidad de apoderado; así como a obtener información, orientación y respuesta a sus peticiones dentro de los términos dispuestos por la ley.
- Obtener respuesta oportuna y eficaz a sus peticiones en los plazos establecidos para el efecto. Los plazos para dar respuesta a las PQRSD según lo establecido por la ley 1755 de 2015 en su artículo 14 son:
- Derecho de petición de interés general: 15 días hábiles.
- Derecho de petición entre autoridades: 10 días hábiles.
- Derecho de petición de consulta: 30 días hábiles.
- Peticiones incompletas y desistimiento tácito: 10 días hábiles.
- Peticiones de información 10 días hábiles.
- Conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite y obtener copias, a su costa, de los respectivos documentos.
- Exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los servidores públicos y de los particulares que cumplan funciones administrativas.
- Cualquier otro que le reconozca la Constitución y las leyes.
Por otra parte, damos a conocer los deberes como ciudadano ante las entidades:
- Acatar la Constitución Política de Colombia y las leyes.
- Conservar un trato respetuoso con los servidores públicos.
- Obrar conforme al principio de buena fe, absteniéndose de emplear maniobras dilatorias en las actuaciones y de efectuar o aportar, a sabiendas, declaraciones, documentos falsos o hacer afirmaciones temerarias, entre otras conductas.
- Ejercer con responsabilidad sus derechos y en consecuencia abstenerse de reiterar solicitudes evidentemente improcedentes.
Finalmente, damos a conocer los deberes de las entidades ante los ciudadanos
- Dar trato respetuoso, considerado y diligente a todas las personas sin distinción.
- Garantizar atención personal al público.
- Atender a todas las personas que ingresen a la entidad en el horario normal de atención.
- Adoptar medios tecnológicos para el trámite y resolución de peticiones, y permitir el uso de medios alternativos para quienes no dispongan de aquellos.
- Todos los demás que señalen la Constitución, la ley y los reglamentos.
Garantizamos un trato respetuoso y oportuno a través de nuestros canales de Atención del Instituto Nacional para Ciegos-INCI
- Atención Presencial: Carrera 13 No. 34-91
- Correspondencia Física: Carrera 13 No. 34-91
- Atención Telefónica: 601 3846666 extensión 110 Número celular: 316 874 1014
- Atención Virtual: Formulario web http://190.60.97.58:8081/orfeo/formularioWeb/
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Correo electrónico: aciudadano@inci.gov.co , o a través del Correo electrónico: gestiondocumental@inci.gov.co
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Chat WhatsApp: 316 874 1014
La radicación de Peticiones, quejas, reclamos y sugerencias se realizará de lunes a viernes de 7: 00 am a 4:00 pm.
Las denuncias por actos de corrupción podrán presentarse en la línea anticorrupción 601 3846666, o a través de los canales de atención mencionados anteriormente y/o a través del siguiente correo electrónico: soytransparente@inci.gov.co